Estos son los lineamientos para la presentación de documentos de disminución en la base gravable de retención en la fuente.

La fecha limite de entrega de documentos es el 30 de marzo de 2020 ya que para la nómina de abril se tendrán en cuenta dichos cambios. Los conceptos por los cuales se realiza la deducción en este proceso son Dependientes, Créditos Hipotecarios o Leasing Habitacional y Medicina Prepagada.

Para tener en cuenta

Crédito Hipotecario y Leasing Habitacional: es un documento expedido directamente del banco donde se encuentra los valores pagados por concepto de intereses o corrección monetaria durante el año gravable, el tope máximo mensual debe ser de 100 UVT. ($3.560.700), dicho documento debe estar a nombre del colaborador de la compañía que lo está presentando.

Medicina prepagada, planes complementarios y pólizas de salud: Bajo este concepto se debe tener en cuenta que los valores pagados se limitan a 16 UVT mensuales($569.712), dicho documento debe ser expedido por la entidad que presta el servicio a nombre de la persona que esta presentando este documento como deducible de retención en la fuente.

Dependientes: los entregables son documentos donde se certifique el parentesco para poder realizar la deducción el tope para este concepto es de hasta el 10% del total de los ingresos brutos provenientes de la relación laboral, hasta 32 UVT ($1.139.424) mensuales por todos los dependientes.

Estos son los casos explícitos para dependientes:

• Hijos de hasta 18 años

• Hijos de 18 a 23 años cuya educación sea financiada por el empleado.

• Hijos mayores de 18 años en situación de dependencia por factores físicos o psicológicos.

• Cónyuge que no tenga ingresos o ingresos inferiores a 260 UVT ($9.257.820) Anual.

• Padres dependientes que no tengan ingresos o ingresos inferiores a 260 UVT ($9.257.820) anual.

Recuerde que hacer la entrega de documentación a tiempo, garantiza su tranquilidad. Comparta esta información con personas o empresas a quienes pueda interesarle.