El subsidio de desempleo es el programa dado por la ley 1636 del 2013 donde establece el beneficio al personal cesante por medio de las cajas de compensación.

Este subsidio de trabajo equivale a dos (2) salarios mínimos mensuales legales vigentes ($1’755.606) divididos en tres (3) mensualidades iguales ($585.202), que se pagarán máximo por tres meses.

Adicionalmente, el cesante que devengaba menos de cuatro (4) salarios mínimos ($3’511.212), continuará recibiendo la cuota monetaria por los beneficiarios que recibía cuando era trabajador dependiente, así como el pago a Seguridad Social sobre la base de cotización de 1 SMLV (salud y pensión), durante seis meses.

También le puede interesar ¿Cómo hacer la gestión de nómina de una empresa?

¿Cuáles son los requisitos para aplicar al Subsidio de Desempleo?

  • Encontrarse en condición de desempleado por cualquier causa o, en caso de independientes, que su contrato haya cumplido con el plazo de duración pactado y no cuente con ninguna fuente de ingresos.
  • Que haya realizado aportes continuos o discontinuos a cualquier Caja de Compensación Familiar durante los últimos tres años así: Trabajadores Dependientes 1 año. Trabajadores Independientes 2 años
  • No estar haciendo aportes como cotizante a una EPS o Caja de Compensación Familiar.
  • Inscribirse en uno de los prestadores autorizados del Servicio Público de Empleo y realizar ruta de empleabilidad.
  • Copia de la cédula de ciudadanía.
  • Certificación sobre cesación laboral expedida por el empleador, indicando la fecha exacta de la terminación laboral, última remuneración del trabajador y causa de la terminación.
  • Certificado de inscripción de encontrarse registrado en la Agencia de Empleo debidamente autorizada.
  • Certificación de la última EPS, Fondo de Pensiones y Fondo de cesantías a los cuales estuvo afiliado.

Restricciones

  • Ostenten la calidad de servidores públicos de elección popular.
  • Estuvieren devengando una pensión de jubilación por invalidez o vejez.
  • A pesar de haber terminado su relación laboral, de prestación de servicio u otra actividad económica como independientes, cuenten con una fuente directa adicional de ingresos.
  • Hayan percibido los beneficios de FOSFEC durante 6 meses continuos o discontinuos en los tres (3) últimos años.
  • No cumplan con la totalidad de los requisitos antes mencionados.

Si necesita asesoría para el pago de nómina de sus trabajadores y evitar sanciones, contáctenos para gestionar la nómina de su empresa.